lunes, 17 de agosto de 2015

Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano

(El presente texto se está subiendo)

Manuel Ossa, 
Exposición preparada para Grupo de Trabajo de Nexos, 
29 Agosto 2015, Pirque, 7 Agosto 2015


En el presente ensayo se exponen en resumen algunas de las provocativas tesis propuestas por Giorgio Agamben en el primer volumen de su obra en que investiga el poder soberano1. Ese volumen es parte de una investigación de diez años sobre la estructura de la “máquina gubernamental”2, a partir de documentos del derecho arcaico griego y latino y de la doctrina teológica de la Trinidad, a la que él considera el “laboratorio” donde se forjó esta máquina al calor de las disputas a la vez teológicas y políticas de los primeros siglos de nuestra era. 

Agamben comparte la opinión común de que política y religión están íntimamente conectados en la cultura occidental, y que la secularización de los tiempos modernos no ha hecho otra cosa que desplazar algunos conceptos desde los dominios de la religión a otros más autónomos. En consecuencia, esos conceptos se han distanciado del ámbito religioso y por tanto también de la autoridad de la iglesia, secularizándose, pero continúan atados a sus raíces metafísicas o teológicas históricas. 1 Ver en Apéndice I bibliográfico la lista de libros (y un artículo) de Agamben consultados y en parte citados aquí. 2 cf. Giorgio Agamben, El Reino y la Gloria, p.13 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 2 /2 Por eso, el análisis histórico-crítico de algunos de estos conceptos puede contribuir a liberarlos de su aura metafísica y, por tanto, a despejar confusiones teóricas y levantar las barreras de algunas prácticas políticas. Es, según mi interpretación, el empeño de su “arqueología”. Ésta es un método para entender el presente, saliendo de las “dicotomías” que se han vuelto “escisiones” y “oposiciones sustanciales”, y entendiéndolas más bien como “polaridades” en el interior de un mismo “campo de fuerza”3. La presente exposición de las ideas de Agamben es un ensayo de reconstrucción e interpretación sistemática He resaltado en color azul los párrafos de mi exposición en que, más que resumir su pensamiento, parto de él para reflexionar sobre nuestra realidad política actual. 3 “Mi método es arqueológico y paradigmático en un sentido cercano al que utilizaba Foucault, pero no completamente coincidente con él. Se trata, ante las dicotomías que estructuran nuestra cultura, de salirse más allá de las escisiones que las han producido, pero no para reencontrar un estado cronológicamente originario sino, por el contrario, para poder comprender la situación en la cual nos encontramos. La arqueología es, en este sentido, la única vía de acceso al presente. Pero superar la lógica binaria significa sobre todo ser capaces de transformar cada vez las dicotomías en bipolaridades, las oposiciones sustanciales en un campo de fuerzas recorrido por tensiones polares que están presentes en cada uno de los puntos sin que exista posibilidad alguna de trazar líneas claras de demarcación. Lógica del campo contra lógica de la sustancia. Significa, entre otras cosas, que entre A y no-A se da un tercer elemento que no puede ser, sin embargo, un nuevo elemento homogéneo y similar a los dos anteriores: él no es otra cosa que la neutralización y la transformación de los dos primeros” (Estado de excepción, p. 12 – 13) Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 3 /3 Índice de enunciados (*) 1 La vida tiene dos aspectos: uno natural o biológico, otro social y comunicativo 2 La nuda vida o vida natural era frontera entre lo público y lo privado. 3 Biopolítica es la implicación de la vida natural en el poder.- 4 La biopolítica actual tiene una arqueología: el homo sacer – hombre sacro – abandonado por toda ley.- 5 El fundamento de lo político es el poder soberano.- 6 Lo “sagrado” es lo apartado y exceptuado – no lo divino 7 La soberanía es un espacio de indiferencia ética o moral.- 8 En el “estado de excepción” todo queda a merced del poder soberano 9 Los campos de concentración son el punto extremo del estado de excepción: se reproducen hoy en los campos de inmigrantes, refugiados y desnacionalizados.- 10 En el estado de excepción se produce un espacio de indiferencia entre el poder constituyente y el poder constituido. 11 La soberanía sigue a la ley de la naturaleza que es la ley del más fuerte 12 Lo que constituye a la comunidad política no es el pacto social sino el bando o pregón soberano del “hombre lobo” 13 La lucha entre “pueblo” y “Pueblo” es la dialéctica interna de muchas tensiones, entre otras, de la “lucha de clases” (*) La formulación literal de estos enunciados no es de Agamben Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 4 /4 Tesis de Agamben 1. La vida tiene dos aspectos: uno natural o biológico, otro social y comunicativoLos griegos tenían dos términos para decir “vida”: uno era zôé, mayormente dedicado a definir “el simple hecho de vivir que es común a todos los seres vivientes”; el otro era bíos que designa “la forma de vida propia de individuos o grupos”4. Como viviente, el ser humano participa con las plantas y los animales de la vida según la naturaleza (physis); como perteneciente a la especie humana: el hombre tiene una forma propia de organizar la vida, no sólo en función de las sensaciones de dolor y placer y sus derivadas, sino de su capacidad vinculada con el lenguaje (logiké) de distinguir el bien del mal: por eso es polítikón. 2. La nuda vida o vida natural era frontera entre lo público y lo privado.- La pura vida natural (zôé) – quedaba excluida del ámbito de lo público (la polis) y confinada al ámbito privado de la casa (oikos), que es el de la reproducción y mantenimiento de la vida. En la oikos, el paterfamilias tenía potestad de vida y muerte sobre los hijos y fámulos5. Aunque de 4 Homo Sacer: Poder Soberano y nuda vida, “Introducción”. 5 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte II, c. 4, “Vitae necisque potestas”, p. 115. – “la nuda vida, que habita la tierra de nadie entre la casa y la ciudad- es, Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 5 /5 hecho, “la nuda vida” biológica, sin lenguaje y sin cultura, no se ha dado jamás. 3. Biopolítica es la implicación de la vida natural en el poder.- En los tiempos modernos, se ha venido dando un cambio en la relación entre política y nuda vida. En un sumario de su investigación, Agamben describe así ese cambio: “durante milenios el hombre siguió siendo lo que era para Aristóteles: un animal viviente y capaz, además, de existencia política; el hombre moderno es un animal en cuya política está puesta en entredicho su vida de ser viviente”6, es decir, su zôé pura y simple, la “nuda vida”7. La política que pone así en entredicho la vida pura y simple es la biopolítica, definida como la “creciente implicación de la vida natural del hombre en los mecanismos y los cálculos del poder”, implicación que se realiza por un doble proceso de subjetivación y objetivación, en el que “el individuo objetiva su propio yo, constituyéndose como sujeto, y al mismo tiempo, desde el punto de vista de la soberanía, el elemento político originario”, ibid. p, 118 6 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 1. “La politización de la vida”, p. 151- 152 7 “Las declaraciones de derechos representan la figura originaria de la inscripción de la vida natural en el orden jurídico-político del Estado-nación. Esa nuda vida natural que, en el Antiguo Régimen, era políticamente indiferente y pertenecía, en tanto que vida creatural, a Dios, y en el mundo clásico se distinguía claramente -al menos en apariencia- en su condición de zôê de la vida política (bíos), pasa ahora al primer plano de la estructura del Estado y se convierte incluso en el fundamento terreno de su legitimidad y de su soberanía.” Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 2. “Los derechos del hombre y la biopolítica”, p. 161-162 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 6 /6 vinculándose a un poder de control exterior”8. 4. La biopolítica actual tiene una arqueología: el homo sacer – hombre sacro – abandonado por toda ley.- El homo sacer, figura del derecho romano arcaico, es aquél que ha cometido un crimen9 por el cual el pueblo lo ha juzgado marginándolo de todo derecho o de toda ley, pues no puede ser ajusticiado con el rito religioso correspondiente, pero al mismo tiempo queda abandonado de cualquier protección legal, pues cualquiera que lo matara, no se haría culpable de homicidio.10 5. El fundamento de lo político es el poder soberano.- El fallo recién descrito es soberano, por situarse en una zona límite entre lo legal (ajusticiamiento) y lo natural (asesinato), al condenar a alguien a quedar exceptuado tanto del derecho religioso como del penal, dejándolo a la merced de cualquiera que quisiera tomar venganza. Es la estructura del bando o pregón soberano, es decir, del decreto que pone fuera de la ley al criminal. Lo político se funda en esta exterioridad respecto a cualquier derecho: el poder político es soberano 8 ibid. 9 Culpas asociadas a esta pena (Agamben, “Introducción”, p. 11): borrar los límites de la ciudad; violencia contra el padre; fraude al cliente. 10 “La sacralidad de la vida, que hoy se pretende hacer valer frente al poder soberano como un derecho humano fundamental en todos los sentidos, expresa, por el contrario, en su propio origen la sujeción de la vida as un poder de muerte, su irreparable exposición en la relación de abandono”. Homo Sacer, Poder Soberano…, p. 109 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 7 /7 porque puede atenerse o no atenerse a derecho11. 6. Lo “sagrado” es lo apartado y exceptuado – no lo divino.- El término “sagrado” no es religioso sino político, y significa exceptuado del derecho común o puesto al margen de la ley, como también separado del uso cotidiano de las cosas o del trato normal con las personas12. La “sacralidad” de la vida no pertenece al orden de la experiencia de “lo santo”, descrita por Rudolf Otto y otros como misterio “fascinante y tremendo”, ni a nociones como la del tabú el mana o el orenda, investigadas por historiadores de la religión del siglo XIX. Comentario Aún hoy la invocación de la soberanía se ejerce a 11 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, cap. I, “La paradoja de la soberanía”, p. 43. “El que ha sido puesto en bando no queda sencillamente fuera de la ley ni es indiferente a ésta, sino que es abandonado por ella, es decir que queda expuesto y en peligro en el umbral en que vida y derecho, exterior e interior se confunden. De él no puede decirse literalmente si está fuera o dentro del orden jurídico” (ibid. p. 44) 12 “Considérese la esfera de significación del término sacer, tal como se desprende de nuestro análisis. No contiene ni un significado contradictorio en el sentido de Abel, ni una ambivalencia genérica, en el sentido de Durkheim; indica, más bien, una vida absolutamente expuesta a que se le dé muerte, objeto de una violencia que excede a la vez la esfera del derecho y la del sacrificio. Esta doble sustracción abre, entre lo profano y lo religioso y más allá de ellos, una zona de indistinción cuyo significado es precisamente lo que hemos tratado de definir. En esta perspectiva, muchas de las contradicciones aparentes del término sagrado se disuelven.” […] ”Cuando los poetas latinos llaman sacri a los amantes (sacros qui ledat amantes, Prop. 3, 6, II; quisque amore teneatur, eat tutusque sacerque, Tib. I, 2, 27), no es porque sean consagrados a los dioses o estén malditos, sino porque se han separado de los otros hombres en una esfera que está más allá del derecho divino y del humano. Esta esfera era, en el origen, el resultado de la doble excepción a la que estaba expuesta la vida sagrada. Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte II, cap. 3 “La vida sagrada”, p. 112. Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 8 /8 menudo, si no siempre, en un ámbito que queda fuera del derecho. La forma como los representantes de la Unión Europea impusieron a Grecia un tratamiento opuesto al que el pueblo griego había elegido al optar por el NO en el plebiscito de julio de 2015, lo indica claramente: los “expertos” del grupo, según testimonio del entonces todavía ministro Varoufakis, declararon que la Unión Europea no existía jurídicamente. Con ello estaban confirmando que actuaban soberanamente, es decir, desde afuera del derecho13. Tal es el “estado de excepción”. Con ello estaban decidiendo sobre la “nuda vida” de la mayoría del pueblo griego: las condiciones de “austeridad” bajo las cuales el pueblo debería velar por su salud, su educación, sus condiciones de trabajo. 7. La soberanía es un espacio de indiferencia ética o moral.- La paradoja de la soberanía consiste en que “el soberano está, al mismo tiempo, fuera y dentro del ordenamiento jurídico”, puesto que él puede decretar la suspensión de la ley, es decir, su excepción14. La situación creada por la excepción no es ni una situación de hecho ni una de 13 Ver en Apéndice II un extracto del informe del entonces ministro Varoufakis. 14 “La excepción es una especie de la exclusión. Es un caso individual que es excluido de la norma general. Pero lo que caracteriza propiamente a la excepción es que lo excluido no queda por ello absolutamente privado de conexión con la norma; por el contrario, se mantiene en relación con ella en la forma de la suspensión”. Homo Sacer,Poder Soberano… , Parte I, cap. 1 “La paradoja de la soberanía”, p. 31 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 9 /9 derecho. Entre el hecho y el derecho queda introducido “un paradójico umbral de indiferencia”, es decir, el derecho se confunde con el hecho por decisión soberana. Se lo puede ilustrar con el ejemplo del la ley del talión. Esta ley dice:: “al que te saque un ojo, sácale un ojo”. Al pronunciar esta ley, el soberano no decide sobre si el hecho es lícito o ilícito, no declara que sacar un ojo es malo, sino que, poniéndose en el caso de un hecho sucedido – que te saquen un ojo –, incluye en la vida a ese hecho excluido, la violencia. El soberano decide que esa violencia incluida (en la vida) se repita “sin sanción alguna, es decir como caso de excepción. No se trata del castigo del primer acto, sino de su inclusión en el orden jurídico de la violencia como hecho jurídico primordial”. Ahí se cumple que la “regla vive solo de la excepción” o que la excepción confirma la regla15. 8. En el “estado de excepción” todo queda a merced del poder soberano.- En el “estado de excepción” se vuelve a la idea de la naturaleza como el espacio donde la bía (violencia) se confunde indiferenciadamente con la diké (justicia); es el espacio donde todo es posible, según las circunstancias, porque no hay ley que 15 ibid., p. 41-42 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 10 /10 precise lo que es libertad y justicia16. Comentario Agamben describe esta situación refiriéndola al pasado, pero hoy, en el caso de Grecia, se la puede verificar en el presente de las relaciones internacionales. Desde Grecia, podemos extrapolar a todas nuestras democracias. El estado moderno se arroga el poder de definir la vida biológica, mediante decisiones sobre la “austeridad” a la que deben ser sometidas ciertas capas sociales, o mediante legislación sobre aborto o eutanasia, por ejemplo, como si él tuviera poder sobre la “nuda vida”, un poder semejante al del “estado de excepción”. 9. Los campos de concentración son el punto extremo del estado de excepción: se reproducen hoy en los campos de inmigrantes, refugiados y desnacionalizados.- En el punto extremo de esta disposición sobre la vida, están o estuvieron los campos de 16 Es lo que representaba el espacio América en el imaginario de la conquista europea: “in the beginning, all world was America”, escribía Locke, cit. en Agamben, Homo Sacer, Parte I, cap. 2 “Nómos basiléus”, p. 53. Estado de naturaleza y estado de excepción son sólo las dos caras de un único proceso topológico en que, …, aquello que se presuponía como exterior (el estado de naturaleza) reaparece ahora en el interior (como estado de excepción), y el poder soberano es propiamente esta imposibilidad de discernir entre exterior e interior, naturaleza y excepción, physis y nomos”(ibid, p. 54). “El estado de excepción, en el que la nuda vida era, a la vez, excluida del orden jurídico y apresada en él, constituía en verdad, en su separación misma, el fundamento oculto sobre el que reposaba todo el sistema político” (Homo Sacer, Poder Soberano…, “Introducción”, p. 19) Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 11 /11 concentración de las sociedades fascistas y nacistas, - pero también Guantánamo17, y, aunque de otra manera, los campos de refugiados y las salas o pabellones donde los inmigrantes esperan el veredicto sobre su expulsión o admisión. En el Estado moderno nace el campo de concentración cuando entra en crisis la articulación entre los tres elementos que lo configuraban tradicionalmente: • el territorio, como localización geográfica; • el ordenamiento jurídico y • las reglas automáticas de inscripción de la vida (la “nación” es el territorio de los allí “nacidos”)18. Durante o tras un proceso de crisis, “el Estado decide asumir directamente entre sus funciones propias el cuidado de la vida biológica de la nación”, porque “la ruptura del viejo nómos” se produce “en el punto que marca la inscripción de la nuda vida (del nacimiento que así pasa a ser nación según derecho de los nacidos)”19. El 17 Agamben no menciona Guantánamo en la obra que vamos comentando, pero sí ampliamente en Homo Sacer II, 1, Estado de Excepción, c. 1 “El estado de excepción como paradigma de gobierno”. Acerca de Guantánamo, ver ibid., p. 27. 18 “En el sistema del Estado-nación los pretendidos derechos sagrados e inalienables del hombre aparecen desprovistos de cualquier tutela y de cualquier realidad desde el momento mismo en que deja de ser posible configurarlos como derechos de los ciudadanos de un Estado”, Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 2 “Los derechos del hombre y la biopolítica”, p. 161 19 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 7, “El campo de concentración como nómos de lo moderno”, p. 220-223 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 12 /12 “campo de concentración”, cuyos internos han sido previamente desnacionalizados20, aparece como el “regulador oculto de la inscripción de la vida en el orden jurídico”, de donde el sistema no puede funcionar sin producir la muerte, al incluir excluyendo – discrecionalmente, porque es el hecho, proclamado por el soberano (Führer) el que dicta el derecho a vivir o la ejecución de quienes él se proponga. Así el “campo” es una “localización sin orden jurídico” que corresponde al orden jurídico sin localización que es el “estado de excepción”21. En estas dos figuras, el estado incluye la nuda vida en la política, excluyéndola como vida – al menos como vida de comunicación humana -, porque - en el caso de los campos de exterminio - cualquiera podría matarla, y en los campos de refugiados, la vida de cada cual está sometida a condiciones de casi completa alienación, al menos en el sentido de que nadie puede planear ni decidir nada por si mismo. Las “sociedades posdemocráticas y ‘espectaculares’”22 , organizadas bajo la economía neoliberal, son selectivamente excluyentes en nombre de la 20 Sobre las normas de desnacionalización que se han introducido en países europeos, hay una corta reseña histórica en Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 2. Los derechos del hombre y la biopolítica, p. 167-168, que culmina en la de que fueron objeto los judíos bajo los Nazis. Ver también del autor Estado de excepción, c. 1 “El estado de excepción como paradigma de gobierno”, p. 23 y ss., especialmente 1.3, p. 26-27 21 cf. Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 7, “El campo de concentración como nómos de lo moderno”, p. 223 22 Homo Sacer, Poder Soberano…, ”Introducción”, p. 20 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 13 /13 “democracia” que dicen incorporar. Es una de las formas del biopoder. “Si los refugiados (cuyo número no ha dejado de crecer en ningún momento en nuestro siglo, hasta llegar a incluir hoy a una parte no desdeñable de la humanidad), representan, en el orden del Estadonación moderno, un elemento tan inquietante, es, sobre todo, porque, al romper la continuidad entre hombre y ciudadano, entre nacimiento y nacionalidad, ponen en crisis la ficción originaria de la soberanía moderna. Al manifestar a plena luz la separación entre nacimiento y nación, el refugiado hace comparecer por un momento en la escena política la nuda vida que constituye el presupuesto secreto de ella. Y en este sentido, es verdaderamente, como señala H. Arendt, el «hombre de los derechos», su primera y única aparición real sin la máscara del ciudadano que continuamente le recubre. Pero, precisamente por esto, su figura es tan difícil de definir políticamente.”23. Situado fuera del orden jurídico, el campo de concentración “no por eso es simplemente un espacio exterior”: como “excepción”, es sacado afuera, es decir “incluido por medio de su propia exclusión”, donde “la norma se hace indiscernible de la excepción, el derecho se confunde con el hecho.”. La situación de hecho es producida por el bando (decreto o pregón) del poder soberano, 23 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 2, “Los derechos del hombre y la biopolítica”, p. 166-167 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 14 /14 no por una situación de hecho que justificaría tomar medidas excepcionales, por ejemplo, una guerra que pusiera en peligro a los ciudadanos. Esa es la “estructura íntima de bando que caracteriza el poder”24. El campo de concentración es “el más absoluto espacio biopolítico que se haya realizado nunca, en el que el poder no tiene frente a él más que la pura vida sin mediación alguna”25. Hay campo de concentración dondequiera que se lleve a cabo “la creación de un espacio en el que la nuda vida y la norma entran en un umbral de indistinción”26. 10. En el estado de excepción se produce un espacio de indiferencia entre el poder constituyente y el poder constituido. El autor (que escribe en los años 90 y publica en 98) advierte que lo que estaba pasando desde 1991 con la disolución de Yugoslavia y demás países del antiguo bloque socialista, era una premonición de lo que podía suceder en todo el mundo: una extensión a todas partes de un “estado de excepción”, pero donde la excepción impuesta por el “soberano” (el neoliberalismo) se convirtiera en ley: “acontecimientos premonitorios que anuncian, como heraldos sangrientos, el nuevo nómos de la tierra, que (si no se pone 24 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 7 “El campo de concentración como nómos de lo moderno, p. 216. 25 ibid. 26 ibid., p.221 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 15 /15 radicalmente en entredicho el principio en que se funda) tenderá a extenderse por todo el planeta”27. Al coincidir y confundirse los espacios de la nuda vida y de la política, los procesos por los cuales el biopoder ha realizado las desobjetivaciones y objetivaciones que necesita para administrar la política llegan a un punto en que comienzan a volverse contra el mismo biopoder, en cuanto que de la nuda vida (zôé) brota la rebelión an-árquica producida por los sujetos que han tomado conciencia de sí como de sujetos violentamente desubjetivizados, pero capaces de volver a tomar sus destinos en sus manos28. Cuando se disuelven las estructuras estatales, ya no se plantea el problema de quién es el que legítimamente debe gobernar, sino que se pone en tela de juicio el “propio umbral del ordenamiento” ¿Cuáles son “los límites y la estructura originaria de la estatalidad”? Es el problema que el marxismo no se ha planteado en su crítica al Estado, y por eso ha caído en las garras de lo 27 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, c. 2 “Nómos basiléus”, p. 55 28 “Todo sucede como si, al mismo tiempo que el proceso disciplinario por medio del cual el poder estatal hace del hombre en cuanto ser vivo el propio objeto específico, se hubiera puesto en marcha otro proceso que coincide grosso modo con el nacimiento de la democracia moderna, en el que el hombre en su condición de viviente ya no se presenta como objeto, sino como sujeto del poder político. Estos procesos, opuestos en muchos aspectos, y (por lo menos en apariencia) en acerbo conflicto entre ellos, convergen, sin embargo, en el hecho de que en los dos está en juego la nuda vida del ciudadano, el nuevo cuerpo biopolítico de la humanidad.” (Homo Sacer, Poder Soberano…, “Introducción”, p.19) Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 16 /16 mismo que quería disolver. “La teoría del Estado (y en particular del estado de excepción, es decir, la dictadura del proletariado como fase de transición hacia la sociedad sin Estado) es precisamente el escollo en que han naufragado las revoluciones de nuestro siglo”29. Los conceptos que aquí30 maneja Agamben son “poder constituyente” y “poder constituido” en la relación de ambos con la “soberanía” y con el “poder soberano”. El poder constituido está en el Estado; el poder constituyente está fuera del Estado: lo precede. Según una tesis, el poder constituyente no puede estar constreñido por ningún “ordenamiento jurídico determinado” (57). La tesis contraria es la que reduce el poder constituyente al poder constituido, al identificarlo con el poder de revisión de la constitución [es la oposición a la Asamblea Constituyente y el proyecto de revisar la Constitución desde el Parlamento]. Quieren olvidar la violencia que está en la bases del poder constituyente – Benjamin hablaba de la “violencia creadora del derecho” – y pretenden reemplazarla por un compromiso. Pero tampoco la primera tesis puede fundamentarse en ningún título de legitimación. (58) Por lo tanto, la soberanía abarca a ambos poderes, el constituyente y el 29 ibid. p. 22-23 30 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, c. 3 “Potencia y derecho”, p. 56-67. Las cifras entre paréntesis en este párrafo corresponden a las de estas páginas de la Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 17 /17 constituido, situándose en un punto de indiferencia frente a ellos: en un “estado de naturaleza”. Es la exigencia de una fuente de autoridad que atribuya a la nación una “soberanía absoluta” (H. Arendt) (59). ¿Cómo distinguir el poder constituyente del poder soberano? En la solución trotskista, el poder constituyente está en la “revolución permanente”; según el concepto maoísta. en la “revolución ininterrumpida”. Los dos estados totalitarios – Alemania nazi y URSS expresaban la mantención del poder constituyente en la organización estatal mediante la identificación de Estado y partido. Agamben trata de resolver las antinomias existentes entre estos conceptos mediante la utilización de las categorías aristotélicas de “potencia” (dynamis) y “acto” (energeía). La potencia no consiste sólo en el acto - contra los que reducen lo constituyente a lo constituido-, sino que existe autónomamente (el citarista mantiene su potencia de tocar cuando no toca, Aristóteles). La potencia del poder constituyente es que puede pasar a ser constituido, pero también puede reservarse como potencia de actuar, sin confundirse con el poder constituido. De lo contrario, el poder constituyente s,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,e desvanece y desaparece en lo constituido. Sería condenar al poder Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 18 /18 constituyente al inmobilismo. La constitución no se podría cambiar nunca31. Es lo que estaría pasando con la reforma de la Constitución en Chile. Lo hecho, hecho está. 11. La soberanía sigue a la ley de la naturaleza que es la ley del más fuerte La prevalencia de la naturaleza sobre la ley humana, tras haber aparecido por primera vez en el poeta Píndaro, luego en Hesíodo, en los Sofistas y en la Stoa, reaparece en Hobbes. Pero en él, más que la prevalencia, en virtud de “la identidad del estado de naturaleza con la violencia” – homo homini lupus -, (ibid. p. 51), se afirma que la ley humana subsume a la ley natural, por cuanto el soberano, con su poder de más fuerte por naturaleza convierte ese poder natural en poder jurídico y este último queda justificado por aquél. “La soberanía se presenta, pues, como una incorporación del estado de naturaleza en la sociedad o, si se prefiere, como un umbral de indiferencia entre naturaleza y cultura, entre violencia y ley [una zona en que naturaleza y cultura, violencia y ley se confunden], y es propiamente esta indistinción la que constituye la violencia soberana específica.” 32. Agamben concluye: “la exterioridad -el derecho de naturaleza y el principio de conservación de la 31 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, c. 3 “Potencia y derecho”, p. 63). 32 ibid. p. 51 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 19 /19 vida propia- es en verdad el núcleo más íntimo del sistema político, del que éste vive…” 12. Lo que constituye a la comunidad política no es el pacto social sino el bando o pregón soberano del “hombre lobo” En el capítulo 6º de la segunda parte, Agamben ofrece una cara distinta y sorprendente del “hombre sacro”: ya no sería (sólo) aquel a quien el poder soberano hubiera excluido de la vida comunitaria, sino esta vez el “hombre-lobo” (wargus) que, tras haber sido temido y excluido por peligroso, termina por imponer su soberanía sobre los demás. El nombre mismo de “hombre lobo” indica que se le consideraría como un ser situado en el límite entre la vida puramente natural, representada por la fuerza bruta del animal lobo, y la vida humana, normada por la ley, el nómos. Se encontraba, pues, en un estado de indefinición, al que Hobbes llamará “estado de naturaleza”. Habitaba “paradójicamente en ambos mundos, sin pertenecer a ninguno de ellos”33. 33 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte II, cap. 6 “El bando y el lobo”, p. 137. Las demás citas de este párrafo pertenecen al mismo capítulo, p. 136-143. Léase a continuación el texto de Hobbes en que se apoya Agamben, fijándose en lo que él ha descubierto: que Hobbes niega expresamente que los ciudadanos le “confieran” poder al soberano, y que afirma más bien que ellos “abandonan” el poder que cada uno y todos en común tienen. Es gracias a este vació o abandono que el “hombre lobo” se vuelve soberano: por coger ese poder abandonado; »Éste es el fundamento -escribe Hobbes- de ese derecho de castigar que se ejerce en todo Estado, puesto que los súbditos no han conferido este derecho al soberano, sino que sólo, al abandonar los propios, le han dado el poder de usar el suyo de la manera que él crea oportuna para la preservación de todos; de forma, pues, que aquel derecho no le fue dado, sino dejado, a él sólo, y - excluyendo los límites fijados por la ley natural- en un modo tan completo, como en el Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 20 /20 El bando medieval germánico permitía dar muerte a este mítico “hombre lobo” que pusiera en peligro la paz de la comunidad. Quien le diera muerte no debía ser acusado de homicidio. Esa situación límite de indefinición, con traspaso mutuo dialéctico de características rotativamente humanas y bestiales es la misma del “estado de excepción”. Ella excluye al “hombre lobo” del comercio humano, pero por otro lado lo incluye nominalmente al calificarlo de “sagrado”, con lo que nuevamente lo excluye, pues el calificativo indica que no se puede entrar en relaciones con él como se lo hace de ordinario con otro ser humano. Para entender mejor este difícil juego de inclusión y exclusión, uno podría contar el mito del “hombre lobo” distinguiendo dos escenas que simbolizarían en términos temporales dos momentos vinculados y separados dialécticamente. El cuento sería el siguiente: Dentro del grupo humano, se destaca uno que, por su fuerza bruta, se ha vuelto un peligro para la comunidad. 1ª En un primer momento dialéctico, la comunidad echa mano de la sumatoria de soberanías individuales y las transforma en soberanía del conjunto al pregonar que ese hombre bestial debe separarse del grupo. En virtud puro estado de naturaleza y de guerra de cada uno contra el propio semejante» (Hobbes 2, p. 214) (cit. p.138). . Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 21 /21 de esta separación, que de profano lo vuelve “sagrado” (en el sentido político de excluido), queda expuesto a la muerte a manos de cualquiera, y su muerte no será considerada homicidio. Así en un primer momento, la vida organizada (bíos) del grupo impone su soberanía sobre la nuda vida a la que incluye para potencialmente excluirla. 2ª en un segundo momento dialéctico, contenido en el primero, los miembros del grupo dimiten individualmente uno tras otro de su parte de la soberanía pregonada como común. Es el momento que aprovecha el más fuerte, el “hombre lobo” para coger la suya e imponerla soberanamente sobre la pura vida de todos. De “pura vida” separada del grupo, el “hombre lobo” ha hecho uso de su carácter de políticamente “sagrado” o “segregado” para imponerse como soberano desde su situación en el límite externo de la legalidad, organizando la vida en común (bios) bajo una nueva ley (nomos) que él impone, reduciendo potencialmente a los miembros del grupo a su condición dominada de pura vida . El “estado de naturaleza” de Hobbes tiene que ver con este estado de indefinición del hombre-lobo: es “la excepción y el umbral que constituyen ese derecho y habitan en él, no es tanto una guerra de todos contra todos, cuanto, más exactamente, una condición en que cada uno es para el otro nuda vida y homo sacer”, entendiendo esta vez al “sacer” como el “hombre lobo. Es el traspaso dialéctico de características – humanas y Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 22 /22 bestiales - que sucede en el estado de excepción (ver p.137). Es el “presupuesto siempre presente y operante de la soberanía”. “Por esto, en Hobbes, el fundamento del poder soberano no debe buscarse en la libre cesión, por parte de los súbditos, de su derecho natural, sino más bien en la conservación, por parte del soberano, de su derecho natural de hacer cualquier cosa a cualquiera, que se presenta ahora como derecho de castigar” (p. 138)34. De ello se sigue que lo que constituye, según Hobbes, a la comunidad política, no es el pacto social, sino el bando (o pregón) soberano mediante el cual el hombre-lobo, en el límite entre la naturaleza y la ley, pretende imponer su soberanía sobre quienes le devuelven aceptación y sumisión. Según esto, concluye Agamben, “es preciso despedirse sin reservas de todas las representaciones del acto político originario que consideran a éste como un contrato o una convención” (ibid.). El error de haber interpretado la teoría de Hobbes en términos de contrato y no de bando implica que se desconoce u oculta la violencia inscrita en la toma del poder por parte del más fuerte, toma del poder que funda la polis. Distinta a la primera, esta segunda figura del “hombre lobo” es violenta. Si los 34 “En los dos límites extremos del ordenamiento, soberano y homo sacer ofrecen dos figuras simétricas que tienen la misma estructura y están correlacionadas, en el sentido de que soberano es aquél con respecto al cual todos los hombres son potencialmente homines sacri, y homo sacer es aquél con respecto al cual todos 1os hombres actúan como soberanos” , Homo sacer, Poder Soberano…, p. 110 Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 23 /23 ciudadanos claudican ante ella del poder que tienen como grupo, es porque se sienten amenazados, y por tanto, violentados. El que primero era “sagrado” (segregado o exiliado políticamente) por el crimen de amenazar la paz común, llega a ser “sagrado” (separado en el límite de la legalidad e ilegalidad) por ser el más fuerte e imponerse de tal manera que no son los ciudadanos quienes le delegan o confieren el poder, sino que él, al cogerlo, se convierte en soberano por la violencia amenazante de su propia decisión. Entender entonces la soberanía en términos de pacto social es mal entender a Hobbes. Agamben llama la atención sobre el hecho de que esta “errada comprensión” ha condenado a la impotencia “a la democracia cada vez que se trataba de afrontar el problema del poder soberano y, al mismo tiempo, la ha hecho constitutivamente incapaz de pensar verdaderamente una política no estatal en la modernidad” (ibid., p.141-142). Notemos que la “fundación de la polis” no es, ni para Hobbes ni para Agamben, un acto mítico concluido de una vez por todas en un tiempo inmemorial, sino que está actuándose, a veces dramáticamente, en cada momento o etapa de la vida ciudadana. De manera que “el problema del poder soberano” se plantea constantemente de nuevo en cada coyuntura y a propósito de cualquier decisión o acción de gobierno en que esté implicada la nuda vida del pueblo gobernado. Esto es particularmente cierto en los Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 24 /24 momentos de crisis y donde mejor se lo advierte, en los que se disuelve o disocia la articulación entre los tres elementos ya nombrados o la consistencia de alguno de ellos: territorio, ordenamiento jurídico y razón de pertenencia o inscripción en el grupo nacional. El análisis crítico no es todavía una nueva propuesta de acción. Agamben se detiene en el análisis crítico de los supuestos actuales de nuestra “democracia”. Sin embargo, esta mera crítica muestra ya hasta qué punto los fundamentos mismos de la teoría política sostenida como si fuera de sentido común – la del supuesto “contrato social” - han sido manipulados por la ideología dominante que ya tiene interiorizados o subjetivados los “valores” neoliberales. 13. La lucha entre “pueblo” y “Pueblo” es la dialéctica interna de muchas tensiones, entre otras, de la “lucha de clases” En su último capítulo, el 7º, Agamben da un paso más en la explicación de la tensión dialéctica que vincula y separa soberanía y pueblo, al referirla a la tesis central del pensamiento de Marx sobre la lucha de clases. Por importante que sea esta tesis, sin embargo es algo que ha quedado aún “sustancialmente indefinido”. Esta indefinición sería de naturaleza semejante a la que afecta al concepto de “pueblo”. La semejanza provendría de la tensión que ambos conceptos tienen en común desde un momento histórico determinado. Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 25 /25 Antes de la Revolución Francesa, se hablaba de rangos y estamentos claramente establecidos según criterios impuestos y comúnmente aceptados, como las categorías de oficios (las corporaciones), el valor de propiedades (urbanas y agrícolas), las relaciones consolidadas de dominio o servidumbre, los niveles de ingresos. Así se podía distinguir entre el “bajo pueblo” y los grupos sociales más acomodados, burguesía o nobleza, jerarquizados estos últimos en diferentes niveles de poder político y todos subordinados a la monarquía. Pero desde la Revolución Francesa, se aclamó la abolición de la nobleza y la igualdad de los ciudadanos, bajo el dominio del solo “pueblo”. En los hechos, esta igualdad era más proclamada que real. El nombre de “pueblo” soslayaba una tensión que se produce y reproduce constantemente en luchas que, entre otras, se corresponden con las señaladas por Marx, en el siglo 19. “Todo sucede […] como si eso que llamamos “pueblo” fuera, en realidad, no un sujeto unitario, sino una oscilación dialéctica entre dos polos opuestos: por una parte, el conjunto Pueblo como cuerpo político integral, por otra, el subconjunto pueblo como multiplicidad fragmentaria de cuerpos menesterosos y excluidos, en el primer caso una inclusión que pretende no dejar nada fuera, en el segundo una exclusión que se sabe sin esperanzas”. En esta oscilación dialéctica, Agamben reconoce la tensión entre nuda vida y poder soberano, y de Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 26 /26 alguna manera también entre bios y zôé, es decir, entre, por un lado, los que participan más o menos activamente de la soberanía y sacan provecho de ella, y los que, en el otro extremo, se hallan en la situación de desvalimiento de quienes no tienen ningún peso en una organización social articulada a sus espaldas o mejor, a expensas de sus vidas; hay, pues, una fractura entre “pueblo” y “Pueblo”. “El “pueblo”, […], lleva ya siempre consigo la fractura biopolítica fundamental. Es lo que no puede ser incluido en el todo del que forma parte y lo que no puede pertenecer al conjunto en el que está ya incluido siempre.” “Bien visto, hasta eso que Marx llama lucha de clases y que, a pesar de permanecer sustancialmente indefinido, ocupa un lugar tan central en su pensamiento, no es otra cosa que esa guerra intestina que divide a todo pueblo y que sólo tendrá fin cuando, en la sociedad sin clases o en el reino mesiánico, Pueblo y pueblo coincidan y no haya ya, propiamente, pueblo alguno.”.35 Así, concluye Agamben: “… nuestro tiempo no es otra cosa que el intento – implacable y metódico - de colmar la 35 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 7, “El campo de concentración como nómos de lo moderno, p. 225-227. El párrafo a continuación viene en la pág. 228. Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 27 /27 escisión que divide al pueblo y de poner término de forma radical a la existencia de un pueblo de excluidos. En este intento coinciden, según modalidades diversas y desde distintos horizontes, derecha e izquierda, países capitalistas y países socialistas, unidos en el proyecto – vano en un última instancia, pero que se ha realizado parcialmente en todos los países industrializados - de producir un pueblo uno e indiviso. La obsesión del desarrollo es tan eficaz en nuestro tiempo, porque coincide con el proyecto biopolítico… de producir un pueblo sin fractura.” Conclusión provisoria Lo que Agamben propone es que miremos la realidad con otros ojos, no con los consabidos del capitalismo o del marxismo, sino con los de quienes quitan el velo que oculta ideológicamente las raíces “arqueológicas” de las nuevas dislocaciones y fisuras sociales, para verlas y medirlas en toda su crudeza. La lucha de clases entre capitalistas y trabajadores incluye otras y se amplía y solidariza con la lucha que hoy se lleva a cabo entre la nuda vida y la soberanía en todos los niveles de la vida social. Para fijar tácticas y estrategias en el interior de un planeamiento político, sería necesario realizar análisis de todas las áreas de la convivencia en que la soberanía impone su Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 28 /28 organización económica y su dominio político sobre la nuda vida, unos análisis que se deberían hacer con la misma precisión con la que Marx se aplicó a examinar la plusvalía en la relación de capital y trabajo. Por ejemplo, a la luz de la investigación de Agamben se puede analizar, entre otros, el llamado “conflicto mapuche” en el territorio chileno y argentino: el mapuche es el nacido en un territorio que le ha sido robado, imponiéndosele a él luego un ordenamiento jurídico que para él es vacío, sin significado. De ese robo y de la legalidad que ha venido instalándose después, ha nacido otro pueblo, mestizo éste y recorrido de pies a cabeza por el escalofrío de la desconfianza y el menosprecio mutuo, pero también por el conservadurismo del acomodo ladino y oportunista a las ideas y la cultura del más fuerte, del soberano. El tiritón que recorre a este “pueblo-Pueblo”, lo duplica como dominador y dominado, excluyente y excluido en la inclusión que lo deja fuera si no de todo, sí de cualquier decisión autónoma sobre su relación de trabajo, su estabilidad o movilidad territorial, por tanto, sobre sus relaciones sociales, su entorno natural, su salud, la educación de sus hijos, entre otros aspectos importantes de su propia vida. En las crisis profundas y decisivas suelen incluirse muchos de estos aspectos de la vida, si no todos, y otros Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 29 /29 más. Esta somera alusión a una de las fuentes autóctonas de la polaridad social apunta a que ésta no debería reducirse unívocamente a la tensión entre capital y trabajo, pero que esta última tensión se encuentra igualmente subsumida en cualquiera de las otras. Si pues el poder soberano no tiene otro fundamento que si mismo, entonces es radicalmente cuestionable. En los momentos de crisis, cuando una forma de organización social y política – un bios – se licúa y liquida, un pueblo constituido tendría que pasar a ser constituyente, y tomando distancia y conciencia de su nuda vida dominada, tendría que potenciar la soberanía que lo habita y agita, para que ésta pase al acto y se coloque en aquel límite indefinido pero definitorio de donde puede originarse una nueva organización política de pueblo soberano, sin Pueblo sobre él. Concluyendo: creo poder afirmar que la filosofía política de Agamben en sus volúmenes del Homo Sacer es, a la vez, una apología del anarquismo y un llamado a despertar en la sociedad al mesías que vive en su seno, mesías que no es uno, sino – trasponiendo a Arendt – una soberanía en común. El mesías representa a la subjetividad más íntima de la sociedad, ésa que no ha sido doblegada por el proceso objetivizante de la modernidad – y que Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 30 /30 se rebela contra él.36 Esta conclusión podrá ser verificada o falsificada en cuanto a si representa o no el pensamiento de Agamben cuando se examinen otros volúmenes de su obra, como el de El Reino y la Gloria. Manuel Ossa, Exposición preparada para GT de Nexos, 29 Agosto 2015, Pirque, 7 Agosto 2015 36 Remito a G. Agamben El tiempo que resta, comentario a la carta a los Romanos, (Trotta, 2006), p. Ej. P. 50: “El evento mesiánico - … está presente en tô nyn kairô en el tiempo presente como la revocación de toda condición humana, liberándola de sí misma para permitir su uso”; según Benjamin, cit. por A., cualquier instante puede ser “la puertecita por la cual entra el mesías” (p. 75). Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 31 /31 APENDICE I BIBLIOGRAFIA de obras aquí utilizadas o citadas de Agamben • Homo Sacer: El Poder Soberano y la nuda Vida, Pre-Textos, Valencia, 1998 (ital. 1995. • Estado de excepción, Homo Sacer II, 1, Adriana Hidalgo Ed., Buenos Aires, 2005). • El Reino y la Gloria - Por una genealogía teológica de la economía y del gobierno - Homo Sacer II, 2 (Pre-Textos, Valencia, 2008 • El sacramento del lenguaje . Homo Sacer II, 3 (Adriana Hidalgo, Bs Aires, 2010) • Lo que queda de Auschwitz: El archivo y el testigo (Homo Sacer III) (Pre-Textos, Valencia, 2009); • Altísima Pobreza: Reglas monásticas y forma de vida (Homo Sacer IV,1) (Adriana Hidalgo,Buenos Aires, 2013) • Signatura rerum - Sobre el método (Adriana Hidalgo. Buenos Aires, 2008) • El tiempo que resta, comentario a la carta a los Romanos, (Trotta, 2006) • “¿Qué es un dispositivo?”, en Sociológica, nº 73, pp. 249-264, mayo-agosto 2011 (trad. del francés, publicado por Payot et Rivages, Paris, 2007) APÉNDICE II Extracto del informe del entonces Ministro Varoufakis contando un momento de sus negociaciones con Jeroen Dijsselbloem, presidente del Eurogrupo “Hubo un momento en que el presidente del Eurogrupo decidió actuar contra nosotros y nos excluyó efectivamente, e hizo saber que Grecia estaba esencialmente saliendo de la Eurozona. Hay una convención que los comunicados deben ser unánimes, y el presidente no puede convocar una reunión de la zona euro y excluir a un Estado miembro. Y él dijo: ‘Oh, estoy seguro de que puedo hacer eso’. Así que pidió una opinión legal. Creó un poco de jaleo. Durante unos 5 a 10 minutos la reunión se detuvo, los secretarios, funcionarios estaban hablando entre sí, por sus teléfonos, y, finalmente, algún funcionario, algún experto legal se dirigió a mí y dijo: ‘Bueno, el Eurogrupo no existe legalmente, no hay un tratado que haya convocado a este grupo’. Así que lo que tenemos es un grupo inexistente que tiene el mayor poder para determinar la vida de los europeos. No le tiene que rendir cuentas a nadie, dado que legalmente no existe y es confidencial. Así que ningún ciudadano sabe lo que se dice ahí adentro dentro. Estas son decisiones casi de vida y muerte, y ningún miembro tiene que rendir cuentas ante nadie.” ¿Suena familiar? Sí, para cualquiera que conozca cómo funciona el poder de China hoy en día, después de que Deng Xiaoping puso en marcha un sistema dual único: el aparato y el sistema legal amparan las instituciones del partido que son, literalmente, ilegales, o, como dijo He Weifang, un profesor de Derecho en Beijing, sucintamente: “Como organización, el partido se sienta por fuera y sobre de la ley. Debería tener una identidad legal, en otras palabras, una persona a la que demandar, pero ni siquiera está registrada como organización. El partido existe fuera del sistema legal totalmente”. Es como si, en palabras de Benjamin, la violencia del estado fundador permanece presente, encarnada en una organización con un estatuto jurídico confuso.” (cit. por Slavoij Zizek, “El coraje de la desesperanza”, en Other news, 27 julio 2015

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