(El presente texto se está subiendo)
Manuel Ossa,
Exposición preparada para Grupo de Trabajo de Nexos,
29 Agosto
2015, Pirque, 7 Agosto 2015
En el presente ensayo se exponen en resumen
algunas de las provocativas tesis propuestas por
Giorgio Agamben en el primer volumen de su
obra en que investiga el poder soberano1.
Ese volumen es parte de una investigación de
diez años sobre la estructura de la “máquina
gubernamental”2, a partir de documentos del
derecho arcaico griego y latino y de la doctrina
teológica de la Trinidad, a la que él considera el
“laboratorio” donde se forjó esta máquina al calor
de las disputas a la vez teológicas y políticas de
los primeros siglos de nuestra era.
Agamben comparte la opinión común de que
política y religión están íntimamente conectados
en la cultura occidental, y que la secularización
de los tiempos modernos no ha hecho otra cosa
que desplazar algunos conceptos desde los
dominios de la religión a otros más autónomos.
En consecuencia, esos conceptos se han
distanciado del ámbito religioso y por tanto
también de la autoridad de la iglesia,
secularizándose, pero continúan atados a sus
raíces metafísicas o teológicas históricas.
1
Ver en Apéndice I bibliográfico la lista de libros (y un artículo) de Agamben consultados
y en parte citados aquí.
2
cf. Giorgio Agamben, El Reino y la Gloria, p.13
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 2 /2
Por eso, el análisis histórico-crítico de algunos de
estos conceptos puede contribuir a liberarlos de
su aura metafísica y, por tanto, a despejar
confusiones teóricas y levantar las barreras de
algunas prácticas políticas. Es, según mi
interpretación, el empeño de su “arqueología”.
Ésta es un método para entender el presente,
saliendo de las “dicotomías” que se han vuelto
“escisiones” y “oposiciones sustanciales”, y
entendiéndolas más bien como “polaridades” en el
interior de un mismo “campo de fuerza”3.
La presente exposición de las ideas de Agamben
es un ensayo de reconstrucción e interpretación
sistemática He resaltado en color azul los
párrafos de mi exposición en que, más que
resumir su pensamiento, parto de él para
reflexionar sobre nuestra realidad política actual.
3 “Mi método es arqueológico y paradigmático en un sentido cercano al que utilizaba
Foucault, pero no completamente coincidente con él. Se trata, ante las dicotomías que
estructuran nuestra cultura, de salirse más allá de las escisiones que las han producido, pero
no para reencontrar un estado cronológicamente originario sino, por el contrario, para poder
comprender la situación en la cual nos encontramos. La arqueología es, en este sentido, la
única vía de acceso al presente. Pero superar la lógica binaria significa sobre todo ser capaces
de transformar cada vez las dicotomías en bipolaridades, las oposiciones sustanciales en un
campo de fuerzas recorrido por tensiones polares que están presentes en cada uno de los
puntos sin que exista posibilidad alguna de trazar líneas claras de demarcación. Lógica del
campo contra lógica de la sustancia. Significa, entre otras cosas, que entre A y no-A se da un
tercer elemento que no puede ser, sin embargo, un nuevo elemento homogéneo y similar a
los dos anteriores: él no es otra cosa que la neutralización y la transformación de los dos
primeros” (Estado de excepción, p. 12 – 13)
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 3 /3
Índice de enunciados (*)
1 La vida tiene dos aspectos: uno natural o biológico, otro
social y comunicativo
2 La nuda vida o vida natural era frontera entre lo público y
lo privado.
3 Biopolítica es la implicación de la vida natural en el
poder.-
4 La biopolítica actual tiene una arqueología: el homo sacer
– hombre sacro – abandonado por toda ley.-
5 El fundamento de lo político es el poder soberano.-
6 Lo “sagrado” es lo apartado y exceptuado – no lo divino
7 La soberanía es un espacio de indiferencia ética o moral.-
8 En el “estado de excepción” todo queda a merced del
poder soberano
9 Los campos de concentración son el punto extremo del
estado de excepción: se reproducen hoy en los campos de
inmigrantes, refugiados y desnacionalizados.-
10 En el estado de excepción se produce un espacio de
indiferencia entre el poder constituyente y el poder
constituido.
11 La soberanía sigue a la ley de la naturaleza que es la ley
del más fuerte
12 Lo que constituye a la comunidad política no es el pacto
social sino el bando o pregón soberano del “hombre lobo”
13 La lucha entre “pueblo” y “Pueblo” es la dialéctica
interna de muchas tensiones, entre otras, de la “lucha de
clases”
(*) La formulación literal de estos enunciados no es de Agamben
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 4 /4
Tesis de Agamben
1. La vida tiene dos aspectos: uno natural o
biológico, otro social y comunicativoLos
griegos tenían dos términos para decir “vida”:
uno era zôé, mayormente dedicado a definir “el
simple hecho de vivir que es común a todos los
seres vivientes”; el otro era bíos que designa “la
forma de vida propia de individuos o grupos”4.
Como viviente, el ser humano participa con las
plantas y los animales de la vida según la
naturaleza (physis); como perteneciente a la
especie humana: el hombre tiene una forma
propia de organizar la vida, no sólo en función de
las sensaciones de dolor y placer y sus derivadas,
sino de su capacidad vinculada con el lenguaje
(logiké) de distinguir el bien del mal: por eso es
polítikón.
2. La nuda vida o vida natural era frontera
entre lo público y lo privado.-
La pura vida natural (zôé) – quedaba excluida del
ámbito de lo público (la polis) y confinada al
ámbito privado de la casa (oikos), que es el de la
reproducción y mantenimiento de la vida. En la
oikos, el paterfamilias tenía potestad de vida y
muerte sobre los hijos y fámulos5. Aunque de
4 Homo Sacer: Poder Soberano y nuda vida, “Introducción”.
5 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte II, c. 4, “Vitae necisque potestas”, p. 115. – “la
nuda vida, que habita la tierra de nadie entre la casa y la ciudad- es,
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 5 /5
hecho, “la nuda vida” biológica, sin lenguaje y sin
cultura, no se ha dado jamás.
3. Biopolítica es la implicación de la vida
natural en el poder.-
En los tiempos modernos, se ha venido dando un
cambio en la relación entre política y nuda vida.
En un sumario de su investigación, Agamben
describe así ese cambio: “durante milenios el
hombre siguió siendo lo que era para Aristóteles:
un animal viviente y capaz, además, de existencia
política; el hombre moderno es un animal en cuya
política está puesta en entredicho su vida de ser
viviente”6, es decir, su zôé pura y simple, la
“nuda vida”7. La política que pone así en
entredicho la vida pura y simple es la biopolítica,
definida como la “creciente implicación de la vida
natural del hombre en los mecanismos y los
cálculos del poder”, implicación que se realiza por
un doble proceso de subjetivación y objetivación,
en el que “el individuo objetiva su propio yo,
constituyéndose como sujeto, y al mismo tiempo,
desde el punto de vista de la soberanía, el elemento político originario”,
ibid. p, 118
6 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 1. “La politización de la vida”, p. 151-
152
7
“Las declaraciones de derechos representan la figura originaria de la inscripción de la vida
natural en el orden jurídico-político del Estado-nación. Esa nuda vida natural que, en el
Antiguo Régimen, era políticamente indiferente y pertenecía, en tanto que vida creatural, a
Dios, y en el mundo clásico se distinguía claramente -al menos en apariencia- en su
condición de zôê de la vida política (bíos), pasa ahora al primer plano de la estructura del
Estado y se convierte incluso en el fundamento terreno de su legitimidad y de su
soberanía.” Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 2. “Los derechos del hombre y
la biopolítica”, p. 161-162
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 6 /6
vinculándose a un poder de control exterior”8.
4. La biopolítica actual tiene una
arqueología: el homo sacer – hombre sacro
– abandonado por toda ley.-
El homo sacer, figura del derecho romano arcaico,
es aquél que ha cometido un crimen9 por el cual
el pueblo lo ha juzgado marginándolo de todo
derecho o de toda ley, pues no puede ser
ajusticiado con el rito religioso correspondiente,
pero al mismo tiempo queda abandonado de
cualquier protección legal, pues cualquiera que lo
matara, no se haría culpable de homicidio.10
5. El fundamento de lo político es el poder
soberano.-
El fallo recién descrito es soberano, por situarse
en una zona límite entre lo legal (ajusticiamiento)
y lo natural (asesinato), al condenar a alguien a
quedar exceptuado tanto del derecho religioso
como del penal, dejándolo a la merced de
cualquiera que quisiera tomar venganza. Es la
estructura del bando o pregón soberano, es decir,
del decreto que pone fuera de la ley al criminal.
Lo político se funda en esta exterioridad respecto
a cualquier derecho: el poder político es soberano
8
ibid.
9 Culpas asociadas a esta pena (Agamben, “Introducción”, p. 11): borrar los límites de la
ciudad; violencia contra el padre; fraude al cliente.
10 “La sacralidad de la vida, que hoy se pretende hacer valer frente al poder soberano
como un derecho humano fundamental en todos los sentidos, expresa, por el contrario, en
su propio origen la sujeción de la vida as un poder de muerte, su irreparable exposición en
la relación de abandono”. Homo Sacer, Poder Soberano…, p. 109
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 7 /7
porque puede atenerse o no atenerse a derecho11.
6. Lo “sagrado” es lo apartado y exceptuado –
no lo divino.-
El término “sagrado” no es religioso sino político,
y significa exceptuado del derecho común o
puesto al margen de la ley, como también
separado del uso cotidiano de las cosas o del
trato normal con las personas12. La “sacralidad”
de la vida no pertenece al orden de la experiencia
de “lo santo”, descrita por Rudolf Otto y otros
como misterio “fascinante y tremendo”, ni a
nociones como la del tabú el mana o el orenda,
investigadas por historiadores de la religión del
siglo XIX.
Comentario
Aún hoy la invocación de la soberanía se ejerce a
11 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, cap. I, “La paradoja de la soberanía”, p. 43.
“El que ha sido puesto en bando no queda sencillamente fuera de la ley ni es indiferente a
ésta, sino que es abandonado por ella, es decir que queda expuesto y en peligro en el
umbral en que vida y derecho, exterior e interior se confunden. De él no puede decirse
literalmente si está fuera o dentro del orden jurídico” (ibid. p. 44)
12 “Considérese la esfera de significación del término sacer, tal como se desprende de
nuestro análisis. No contiene ni un significado contradictorio en el sentido de Abel, ni una
ambivalencia genérica, en el sentido de Durkheim; indica, más bien, una vida
absolutamente expuesta a que se le dé muerte, objeto de una violencia que excede a la vez
la esfera del derecho y la del sacrificio. Esta doble sustracción abre, entre lo profano y lo
religioso y más allá de ellos, una zona de indistinción cuyo significado es precisamente lo
que hemos tratado de definir. En esta perspectiva, muchas de las contradicciones aparentes
del término sagrado se disuelven.” […] ”Cuando los poetas latinos llaman sacri a los
amantes (sacros qui ledat amantes, Prop. 3, 6, II; quisque amore teneatur, eat tutusque
sacerque, Tib. I, 2, 27), no es porque sean consagrados a los dioses o estén malditos, sino
porque se han separado de los otros hombres en una esfera que está más allá del derecho
divino y del humano. Esta esfera era, en el origen, el resultado de la doble excepción a la
que estaba expuesta la vida sagrada. Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte II, cap. 3 “La
vida sagrada”, p. 112.
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 8 /8
menudo, si no siempre, en un ámbito que queda
fuera del derecho. La forma como los
representantes de la Unión Europea impusieron a
Grecia un tratamiento opuesto al que el pueblo
griego había elegido al optar por el NO en el
plebiscito de julio de 2015, lo indica claramente:
los “expertos” del grupo, según testimonio del
entonces todavía ministro Varoufakis, declararon
que la Unión Europea no existía jurídicamente.
Con ello estaban confirmando que actuaban
soberanamente, es decir, desde afuera del
derecho13. Tal es el “estado de excepción”. Con
ello estaban decidiendo sobre la “nuda vida” de la
mayoría del pueblo griego: las condiciones de
“austeridad” bajo las cuales el pueblo debería
velar por su salud, su educación, sus condiciones
de trabajo.
7. La soberanía es un espacio de indiferencia
ética o moral.-
La paradoja de la soberanía consiste en que “el
soberano está, al mismo tiempo, fuera y dentro
del ordenamiento jurídico”, puesto que él puede
decretar la suspensión de la ley, es decir, su
excepción14. La situación creada por la excepción
no es ni una situación de hecho ni una de
13 Ver en Apéndice II un extracto del informe del entonces ministro Varoufakis.
14 “La excepción es una especie de la exclusión. Es un caso individual que es excluido de la
norma general. Pero lo que caracteriza propiamente a la excepción es que lo excluido no
queda por ello absolutamente privado de conexión con la norma; por el contrario, se
mantiene en relación con ella en la forma de la suspensión”. Homo Sacer,Poder
Soberano… , Parte I, cap. 1 “La paradoja de la soberanía”, p. 31
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 9 /9
derecho. Entre el hecho y el derecho queda
introducido “un paradójico umbral de
indiferencia”, es decir, el derecho se confunde con
el hecho por decisión soberana. Se lo puede
ilustrar con el ejemplo del la ley del talión. Esta
ley dice:: “al que te saque un ojo, sácale un ojo”.
Al pronunciar esta ley, el soberano no decide
sobre si el hecho es lícito o ilícito, no declara que
sacar un ojo es malo, sino que, poniéndose en el
caso de un hecho sucedido – que te saquen un
ojo –, incluye en la vida a ese hecho excluido, la
violencia. El soberano decide que esa violencia
incluida (en la vida) se repita “sin sanción alguna,
es decir como caso de excepción. No se trata del
castigo del primer acto, sino de su inclusión en el
orden jurídico de la violencia como hecho jurídico
primordial”. Ahí se cumple que la “regla vive solo
de la excepción” o que la excepción confirma la
regla15.
8. En el “estado de excepción” todo queda a
merced del poder soberano.-
En el “estado de excepción” se vuelve a la idea de
la naturaleza como el espacio donde la bía
(violencia) se confunde indiferenciadamente con la
diké (justicia); es el espacio donde todo es posible,
según las circunstancias, porque no hay ley que
15 ibid., p. 41-42
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 10 /10
precise lo que es libertad y justicia16.
Comentario
Agamben describe esta situación refiriéndola al
pasado, pero hoy, en el caso de Grecia, se la
puede verificar en el presente de las relaciones
internacionales. Desde Grecia, podemos
extrapolar a todas nuestras democracias.
El estado moderno se arroga el poder de definir la
vida biológica, mediante decisiones sobre la
“austeridad” a la que deben ser sometidas ciertas
capas sociales, o mediante legislación sobre
aborto o eutanasia, por ejemplo, como si él
tuviera poder sobre la “nuda vida”, un poder
semejante al del “estado de excepción”.
9. Los campos de concentración son el punto
extremo del estado de excepción: se
reproducen hoy en los campos de
inmigrantes, refugiados y
desnacionalizados.-
En el punto extremo de esta disposición sobre la
vida, están o estuvieron los campos de
16 Es lo que representaba el espacio América en el imaginario de la conquista
europea: “in the beginning, all world was America”, escribía Locke, cit. en
Agamben, Homo Sacer, Parte I, cap. 2 “Nómos basiléus”, p. 53. Estado de
naturaleza y estado de excepción son sólo las dos caras de un único proceso
topológico en que, …, aquello que se presuponía como exterior (el estado de
naturaleza) reaparece ahora en el interior (como estado de excepción), y el poder
soberano es propiamente esta imposibilidad de discernir entre exterior e interior,
naturaleza y excepción, physis y nomos”(ibid, p. 54). “El estado de excepción, en el
que la nuda vida era, a la vez, excluida del orden jurídico y apresada en él, constituía
en verdad, en su separación misma, el fundamento oculto sobre el que reposaba todo
el sistema político” (Homo Sacer, Poder Soberano…, “Introducción”, p. 19)
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 11 /11
concentración de las sociedades fascistas y
nacistas, - pero también Guantánamo17, y,
aunque de otra manera, los campos de refugiados
y las salas o pabellones donde los inmigrantes
esperan el veredicto sobre su expulsión o
admisión.
En el Estado moderno nace el campo de
concentración cuando entra en crisis la
articulación entre los tres elementos que lo
configuraban tradicionalmente:
• el territorio, como localización geográfica;
• el ordenamiento jurídico y
• las reglas automáticas de inscripción de la
vida (la “nación” es el territorio de los allí
“nacidos”)18.
Durante o tras un proceso de crisis, “el Estado
decide asumir directamente entre sus funciones
propias el cuidado de la vida biológica de la
nación”, porque “la ruptura del viejo nómos” se
produce “en el punto que marca la inscripción de
la nuda vida (del nacimiento que así pasa a ser
nación según derecho de los nacidos)”19. El
17 Agamben no menciona Guantánamo en la obra que vamos comentando, pero sí
ampliamente en Homo Sacer II, 1, Estado de Excepción, c. 1 “El estado de excepción como
paradigma de gobierno”. Acerca de Guantánamo, ver ibid., p. 27.
18 “En el sistema del Estado-nación los pretendidos derechos sagrados e inalienables del
hombre aparecen desprovistos de cualquier tutela y de cualquier realidad desde el momento
mismo en que deja de ser posible configurarlos como derechos de los ciudadanos de un
Estado”, Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 2 “Los derechos del hombre y la
biopolítica”, p. 161
19 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 7, “El campo de concentración como nómos
de lo moderno”, p. 220-223
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 12 /12
“campo de concentración”, cuyos internos han
sido previamente desnacionalizados20, aparece
como el “regulador oculto de la inscripción de la
vida en el orden jurídico”, de donde el sistema no
puede funcionar sin producir la muerte, al incluir
excluyendo – discrecionalmente, porque es el
hecho, proclamado por el soberano (Führer) el que
dicta el derecho a vivir o la ejecución de quienes
él se proponga. Así el “campo” es una
“localización sin orden jurídico” que corresponde
al orden jurídico sin localización que es el “estado
de excepción”21.
En estas dos figuras, el estado incluye la nuda
vida en la política, excluyéndola como vida – al
menos como vida de comunicación humana -,
porque - en el caso de los campos de exterminio -
cualquiera podría matarla, y en los campos de
refugiados, la vida de cada cual está sometida a
condiciones de casi completa alienación, al menos
en el sentido de que nadie puede planear ni
decidir nada por si mismo. Las “sociedades
posdemocráticas y ‘espectaculares’”22
,
organizadas bajo la economía neoliberal, son
selectivamente excluyentes en nombre de la
20 Sobre las normas de desnacionalización que se han introducido en países europeos, hay
una corta reseña histórica en Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 2. Los derechos
del hombre y la biopolítica, p. 167-168, que culmina en la de que fueron objeto los judíos
bajo los Nazis. Ver también del autor Estado de excepción, c. 1 “El estado de excepción
como paradigma de gobierno”, p. 23 y ss., especialmente 1.3, p. 26-27
21 cf. Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, c. 7, “El campo de concentración como
nómos de lo moderno”, p. 223
22 Homo Sacer, Poder Soberano…, ”Introducción”, p. 20
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 13 /13
“democracia” que dicen incorporar. Es una de las
formas del biopoder.
“Si los refugiados (cuyo número no ha dejado de
crecer en ningún momento en nuestro siglo, hasta
llegar a incluir hoy a una parte no desdeñable de la
humanidad), representan, en el orden del Estadonación
moderno, un elemento tan inquietante, es,
sobre todo, porque, al romper la continuidad entre
hombre y ciudadano, entre nacimiento y
nacionalidad, ponen en crisis la ficción originaria de
la soberanía moderna. Al manifestar a plena luz la
separación entre nacimiento y nación, el refugiado
hace comparecer por un momento en la escena
política la nuda vida que constituye el presupuesto
secreto de ella. Y en este sentido, es verdaderamente,
como señala H. Arendt, el «hombre de los
derechos», su primera y única aparición real sin la
máscara del ciudadano que continuamente le
recubre. Pero, precisamente por esto, su figura es tan
difícil de definir políticamente.”23.
Situado fuera del orden jurídico, el campo de
concentración “no por eso es simplemente un
espacio exterior”: como “excepción”, es sacado
afuera, es decir “incluido por medio de su propia
exclusión”, donde “la norma se hace indiscernible
de la excepción, el derecho se confunde con el
hecho.”. La situación de hecho es producida por
el bando (decreto o pregón) del poder soberano,
23 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 2, “Los derechos del hombre y la
biopolítica”, p. 166-167
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 14 /14
no por una situación de hecho que justificaría
tomar medidas excepcionales, por ejemplo, una
guerra que pusiera en peligro a los ciudadanos.
Esa es la “estructura íntima de bando que
caracteriza el poder”24.
El campo de concentración es “el más absoluto
espacio biopolítico que se haya realizado nunca,
en el que el poder no tiene frente a él más que la
pura vida sin mediación alguna”25. Hay campo de
concentración dondequiera que se lleve a cabo “la
creación de un espacio en el que la nuda vida y la
norma entran en un umbral de indistinción”26.
10. En el estado de excepción se produce
un espacio de indiferencia entre el poder
constituyente y el poder constituido.
El autor (que escribe en los años 90 y publica en
98) advierte que lo que estaba pasando desde
1991 con la disolución de Yugoslavia y demás
países del antiguo bloque socialista, era una
premonición de lo que podía suceder en todo el
mundo: una extensión a todas partes de un
“estado de excepción”, pero donde la excepción
impuesta por el “soberano” (el neoliberalismo) se
convirtiera en ley: “acontecimientos premonitorios
que anuncian, como heraldos sangrientos, el
nuevo nómos de la tierra, que (si no se pone
24 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 7 “El campo de concentración como
nómos de lo moderno, p. 216.
25 ibid.
26 ibid., p.221
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 15 /15
radicalmente en entredicho el principio en que se
funda) tenderá a extenderse por todo el
planeta”27.
Al coincidir y confundirse los espacios de la nuda
vida y de la política, los procesos por los cuales el
biopoder ha realizado las desobjetivaciones y
objetivaciones que necesita para administrar la
política llegan a un punto en que comienzan a
volverse contra el mismo biopoder, en cuanto que
de la nuda vida (zôé) brota la rebelión an-árquica
producida por los sujetos que han tomado
conciencia de sí como de sujetos violentamente
desubjetivizados, pero capaces de volver a tomar
sus destinos en sus manos28.
Cuando se disuelven las estructuras estatales, ya
no se plantea el problema de quién es el que
legítimamente debe gobernar, sino que se pone en
tela de juicio el “propio umbral del ordenamiento”
¿Cuáles son “los límites y la estructura originaria
de la estatalidad”? Es el problema que el
marxismo no se ha planteado en su crítica al
Estado, y por eso ha caído en las garras de lo
27 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, c. 2 “Nómos basiléus”, p. 55
28 “Todo sucede como si, al mismo tiempo que el proceso disciplinario por medio del cual
el poder estatal hace del hombre en cuanto ser vivo el propio objeto específico, se hubiera
puesto en marcha otro proceso que coincide grosso modo con el nacimiento de la
democracia moderna, en el que el hombre en su condición de viviente ya no se presenta
como objeto, sino como sujeto del poder político. Estos procesos, opuestos en muchos
aspectos, y (por lo menos en apariencia) en acerbo conflicto entre ellos, convergen, sin
embargo, en el hecho de que en los dos está en juego la nuda vida del ciudadano, el nuevo
cuerpo biopolítico de la humanidad.” (Homo Sacer, Poder Soberano…, “Introducción”,
p.19)
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 16 /16
mismo que quería disolver. “La teoría del Estado
(y en particular del estado de excepción, es decir,
la dictadura del proletariado como fase de
transición hacia la sociedad sin Estado) es
precisamente el escollo en que han naufragado
las revoluciones de nuestro siglo”29.
Los conceptos que aquí30 maneja Agamben son
“poder constituyente” y “poder constituido” en la
relación de ambos con la “soberanía” y con el
“poder soberano”.
El poder constituido está en el Estado; el poder
constituyente está fuera del Estado: lo precede.
Según una tesis, el poder constituyente no puede
estar constreñido por ningún “ordenamiento
jurídico determinado” (57). La tesis contraria es la
que reduce el poder constituyente al poder
constituido, al identificarlo con el poder de
revisión de la constitución [es la oposición a la
Asamblea Constituyente y el proyecto de revisar
la Constitución desde el Parlamento]. Quieren
olvidar la violencia que está en la bases del poder
constituyente – Benjamin hablaba de la “violencia
creadora del derecho” – y pretenden reemplazarla
por un compromiso. Pero tampoco la primera
tesis puede fundamentarse en ningún título de
legitimación. (58) Por lo tanto, la soberanía
abarca a ambos poderes, el constituyente y el
29 ibid. p. 22-23
30 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, c. 3 “Potencia y derecho”, p. 56-67. Las cifras
entre paréntesis en este párrafo corresponden a las de estas páginas de la
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 17 /17
constituido, situándose en un punto de
indiferencia frente a ellos: en un “estado de
naturaleza”.
Es la exigencia de una fuente de autoridad que
atribuya a la nación una “soberanía absoluta” (H.
Arendt) (59). ¿Cómo distinguir el poder
constituyente del poder soberano?
En la solución trotskista, el poder constituyente
está en la “revolución permanente”; según el
concepto maoísta. en la “revolución
ininterrumpida”. Los dos estados totalitarios –
Alemania nazi y URSS expresaban la mantención
del poder constituyente en la organización estatal
mediante la identificación de Estado y partido.
Agamben trata de resolver las antinomias
existentes entre estos conceptos mediante la
utilización de las categorías aristotélicas de
“potencia” (dynamis) y “acto” (energeía).
La potencia no consiste sólo en el acto - contra
los que reducen lo constituyente a lo constituido-,
sino que existe autónomamente (el citarista
mantiene su potencia de tocar cuando no toca,
Aristóteles). La potencia del poder constituyente
es que puede pasar a ser constituido, pero
también puede reservarse como potencia de
actuar, sin confundirse con el poder constituido.
De lo contrario, el poder constituyente
s,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,e desvanece y desaparece en lo
constituido. Sería condenar al poder
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 18 /18
constituyente al inmobilismo. La constitución no
se podría cambiar nunca31. Es lo que estaría
pasando con la reforma de la Constitución en
Chile. Lo hecho, hecho está.
11. La soberanía sigue a la ley de la
naturaleza que es la ley del más fuerte
La prevalencia de la naturaleza sobre la ley
humana, tras haber aparecido por primera vez
en el poeta Píndaro, luego en Hesíodo, en los
Sofistas y en la Stoa, reaparece en Hobbes. Pero
en él, más que la prevalencia, en virtud de “la
identidad del estado de naturaleza con la
violencia” – homo homini lupus -, (ibid. p. 51), se
afirma que la ley humana subsume a la ley
natural, por cuanto el soberano, con su poder de
más fuerte por naturaleza convierte ese poder
natural en poder jurídico y este último queda
justificado por aquél.
“La soberanía se presenta, pues, como una
incorporación del estado de naturaleza en la sociedad
o, si se prefiere, como un umbral de indiferencia
entre naturaleza y cultura, entre violencia y ley [una
zona en que naturaleza y cultura, violencia y ley se
confunden], y es propiamente esta indistinción la que
constituye la violencia soberana específica.” 32.
Agamben concluye: “la exterioridad -el derecho de
naturaleza y el principio de conservación de la
31 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte I, c. 3 “Potencia y derecho”, p. 63).
32 ibid. p. 51
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 19 /19
vida propia- es en verdad el núcleo más íntimo
del sistema político, del que éste vive…”
12. Lo que constituye a la comunidad
política no es el pacto social sino el bando
o pregón soberano del “hombre lobo”
En el capítulo 6º de la segunda parte, Agamben ofrece
una cara distinta y sorprendente del “hombre sacro”:
ya no sería (sólo) aquel a quien el poder soberano
hubiera excluido de la vida comunitaria, sino esta vez
el “hombre-lobo” (wargus) que, tras haber sido temido
y excluido por peligroso, termina por imponer su
soberanía sobre los demás.
El nombre mismo de “hombre lobo” indica que se le
consideraría como un ser situado en el límite entre la
vida puramente natural, representada por la fuerza
bruta del animal lobo, y la vida humana, normada por
la ley, el nómos. Se encontraba, pues, en un estado de
indefinición, al que Hobbes llamará “estado de
naturaleza”. Habitaba “paradójicamente en ambos
mundos, sin pertenecer a ninguno de ellos”33.
33 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte II, cap. 6 “El bando y el lobo”, p. 137. Las demás
citas de este párrafo pertenecen al mismo capítulo, p. 136-143. Léase a continuación el
texto de Hobbes en que se apoya Agamben, fijándose en lo que él ha descubierto: que
Hobbes niega expresamente que los ciudadanos le “confieran” poder al soberano, y
que afirma más bien que ellos “abandonan” el poder que cada uno y todos en común
tienen. Es gracias a este vació o abandono que el “hombre lobo” se vuelve soberano:
por coger ese poder abandonado; ȃste es el fundamento -escribe Hobbes- de ese
derecho de castigar que se ejerce en todo Estado, puesto que los súbditos no han
conferido este derecho al soberano, sino que sólo, al abandonar los propios, le han
dado el poder de usar el suyo de la manera que él crea oportuna para la preservación
de todos; de forma, pues, que aquel derecho no le fue dado, sino dejado, a él sólo, y -
excluyendo los límites fijados por la ley natural- en un modo tan completo, como en el
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 20 /20
El bando medieval germánico permitía dar muerte a
este mítico “hombre lobo” que pusiera en peligro la
paz de la comunidad. Quien le diera muerte no debía
ser acusado de homicidio.
Esa situación límite de indefinición, con traspaso
mutuo dialéctico de características rotativamente
humanas y bestiales es la misma del “estado de
excepción”. Ella excluye al “hombre lobo” del comercio
humano, pero por otro lado lo incluye nominalmente al
calificarlo de “sagrado”, con lo que nuevamente lo
excluye, pues el calificativo indica que no se puede
entrar en relaciones con él como se lo hace de ordinario
con otro ser humano.
Para entender mejor este difícil juego de inclusión y
exclusión, uno podría contar el mito del “hombre lobo”
distinguiendo dos escenas que simbolizarían en
términos temporales dos momentos vinculados y
separados dialécticamente.
El cuento sería el siguiente: Dentro del grupo humano,
se destaca uno que, por su fuerza bruta, se ha vuelto un
peligro para la comunidad.
1ª En un primer momento dialéctico, la comunidad
echa mano de la sumatoria de soberanías individuales y
las transforma en soberanía del conjunto al pregonar que
ese hombre bestial debe separarse del grupo. En virtud
puro estado de naturaleza y de guerra de cada uno contra el propio semejante»
(Hobbes 2, p. 214) (cit. p.138).
.
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 21 /21
de esta separación, que de profano lo vuelve “sagrado”
(en el sentido político de excluido), queda expuesto a la
muerte a manos de cualquiera, y su muerte no será
considerada homicidio. Así en un primer momento, la
vida organizada (bíos) del grupo impone su soberanía
sobre la nuda vida a la que incluye para potencialmente
excluirla.
2ª en un segundo momento dialéctico, contenido en el
primero, los miembros del grupo dimiten
individualmente uno tras otro de su parte de la
soberanía pregonada como común. Es el momento que
aprovecha el más fuerte, el “hombre lobo” para coger
la suya e imponerla soberanamente sobre la pura vida de
todos. De “pura vida” separada del grupo, el “hombre
lobo” ha hecho uso de su carácter de políticamente
“sagrado” o “segregado” para imponerse como
soberano desde su situación en el límite externo de la
legalidad, organizando la vida en común (bios) bajo
una nueva ley (nomos) que él impone, reduciendo
potencialmente a los miembros del grupo a su
condición dominada de pura vida .
El “estado de naturaleza” de Hobbes tiene que ver con
este estado de indefinición del hombre-lobo: es “la
excepción y el umbral que constituyen ese derecho y
habitan en él, no es tanto una guerra de todos contra
todos, cuanto, más exactamente, una condición en que
cada uno es para el otro nuda vida y homo sacer”,
entendiendo esta vez al “sacer” como el “hombre lobo.
Es el traspaso dialéctico de características – humanas y
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 22 /22
bestiales - que sucede en el estado de excepción (ver
p.137). Es el “presupuesto siempre presente y operante
de la soberanía”. “Por esto, en Hobbes, el fundamento
del poder soberano no debe buscarse en la libre cesión,
por parte de los súbditos, de su derecho natural, sino
más bien en la conservación, por parte del soberano, de
su derecho natural de hacer cualquier cosa a
cualquiera, que se presenta ahora como derecho de
castigar” (p. 138)34.
De ello se sigue que lo que constituye, según Hobbes, a
la comunidad política, no es el pacto social, sino el
bando (o pregón) soberano mediante el cual el
hombre-lobo, en el límite entre la naturaleza y la ley,
pretende imponer su soberanía sobre quienes le
devuelven aceptación y sumisión. Según esto, concluye
Agamben, “es preciso despedirse sin reservas de todas
las representaciones del acto político originario que
consideran a éste como un contrato o una convención”
(ibid.).
El error de haber interpretado la teoría de Hobbes en
términos de contrato y no de bando implica que se
desconoce u oculta la violencia inscrita en la toma del
poder por parte del más fuerte, toma del poder que
funda la polis. Distinta a la primera, esta segunda
figura del “hombre lobo” es violenta. Si los
34 “En los dos límites extremos del ordenamiento, soberano y homo sacer ofrecen dos
figuras simétricas que tienen la misma estructura y están correlacionadas, en el sentido de
que soberano es aquél con respecto al cual todos los hombres son potencialmente homines
sacri, y homo sacer es aquél con respecto al cual todos 1os hombres actúan como
soberanos” , Homo sacer, Poder Soberano…, p. 110
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 23 /23
ciudadanos claudican ante ella del poder que tienen
como grupo, es porque se sienten amenazados, y por
tanto, violentados. El que primero era “sagrado”
(segregado o exiliado políticamente) por el crimen de
amenazar la paz común, llega a ser “sagrado”
(separado en el límite de la legalidad e ilegalidad) por
ser el más fuerte e imponerse de tal manera que no son
los ciudadanos quienes le delegan o confieren el poder,
sino que él, al cogerlo, se convierte en soberano por la
violencia amenazante de su propia decisión.
Entender entonces la soberanía en términos de pacto
social es mal entender a Hobbes. Agamben llama la
atención sobre el hecho de que esta “errada
comprensión” ha condenado a la impotencia “a la
democracia cada vez que se trataba de afrontar el
problema del poder soberano y, al mismo tiempo, la ha
hecho constitutivamente incapaz de pensar
verdaderamente una política no estatal en la
modernidad” (ibid., p.141-142).
Notemos que la “fundación de la polis” no es, ni para
Hobbes ni para Agamben, un acto mítico concluido de
una vez por todas en un tiempo inmemorial, sino que
está actuándose, a veces dramáticamente, en cada
momento o etapa de la vida ciudadana. De manera que
“el problema del poder soberano” se plantea
constantemente de nuevo en cada coyuntura y a
propósito de cualquier decisión o acción de gobierno
en que esté implicada la nuda vida del pueblo
gobernado. Esto es particularmente cierto en los
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 24 /24
momentos de crisis y donde mejor se lo advierte, en los
que se disuelve o disocia la articulación entre los tres
elementos ya nombrados o la consistencia de alguno de
ellos: territorio, ordenamiento jurídico y razón de
pertenencia o inscripción en el grupo nacional.
El análisis crítico no es todavía una nueva propuesta de
acción. Agamben se detiene en el análisis crítico de los
supuestos actuales de nuestra “democracia”. Sin
embargo, esta mera crítica muestra ya hasta qué punto
los fundamentos mismos de la teoría política sostenida
como si fuera de sentido común – la del supuesto
“contrato social” - han sido manipulados por la
ideología dominante que ya tiene interiorizados o
subjetivados los “valores” neoliberales.
13. La lucha entre “pueblo” y “Pueblo” es la
dialéctica interna de muchas tensiones, entre
otras, de la “lucha de clases”
En su último capítulo, el 7º, Agamben da un paso más
en la explicación de la tensión dialéctica que vincula y
separa soberanía y pueblo, al referirla a la tesis central
del pensamiento de Marx sobre la lucha de clases. Por
importante que sea esta tesis, sin embargo es algo que
ha quedado aún “sustancialmente indefinido”. Esta
indefinición sería de naturaleza semejante a la que
afecta al concepto de “pueblo”. La semejanza
provendría de la tensión que ambos conceptos tienen
en común desde un momento histórico determinado.
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 25 /25
Antes de la Revolución Francesa, se hablaba de rangos
y estamentos claramente establecidos según criterios
impuestos y comúnmente aceptados, como las
categorías de oficios (las corporaciones), el valor de
propiedades (urbanas y agrícolas), las relaciones
consolidadas de dominio o servidumbre, los niveles de
ingresos. Así se podía distinguir entre el “bajo pueblo”
y los grupos sociales más acomodados, burguesía o
nobleza, jerarquizados estos últimos en diferentes
niveles de poder político y todos subordinados a la
monarquía. Pero desde la Revolución Francesa, se
aclamó la abolición de la nobleza y la igualdad de los
ciudadanos, bajo el dominio del solo “pueblo”. En los
hechos, esta igualdad era más proclamada que real. El
nombre de “pueblo” soslayaba una tensión que se
produce y reproduce constantemente en luchas que,
entre otras, se corresponden con las señaladas por
Marx, en el siglo 19.
“Todo sucede […] como si eso que llamamos
“pueblo” fuera, en realidad, no un sujeto unitario,
sino una oscilación dialéctica entre dos polos
opuestos: por una parte, el conjunto Pueblo como
cuerpo político integral, por otra, el subconjunto
pueblo como multiplicidad fragmentaria de cuerpos
menesterosos y excluidos, en el primer caso una
inclusión que pretende no dejar nada fuera, en el
segundo una exclusión que se sabe sin esperanzas”.
En esta oscilación dialéctica, Agamben reconoce
la tensión entre nuda vida y poder soberano, y de
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 26 /26
alguna manera también entre bios y zôé, es decir,
entre, por un lado, los que participan más o
menos activamente de la soberanía y sacan
provecho de ella, y los que, en el otro extremo, se
hallan en la situación de desvalimiento de
quienes no tienen ningún peso en una
organización social articulada a sus espaldas o
mejor, a expensas de sus vidas; hay, pues, una
fractura entre “pueblo” y “Pueblo”.
“El “pueblo”, […], lleva ya siempre consigo la
fractura biopolítica fundamental. Es lo que no
puede ser incluido en el todo del que forma
parte y lo que no puede pertenecer al conjunto
en el que está ya incluido siempre.”
“Bien visto, hasta eso que Marx llama lucha de
clases y que, a pesar de permanecer
sustancialmente indefinido, ocupa un lugar tan
central en su pensamiento, no es otra cosa que
esa guerra intestina que divide a todo pueblo y
que sólo tendrá fin cuando, en la sociedad sin
clases o en el reino mesiánico, Pueblo y pueblo
coincidan y no haya ya, propiamente, pueblo
alguno.”.35
Así, concluye Agamben:
“… nuestro tiempo no es otra cosa que el
intento – implacable y metódico - de colmar la
35 Homo Sacer, Poder Soberano…, Parte III, cap. 7, “El campo de concentración como
nómos de lo moderno, p. 225-227. El párrafo a continuación viene en la pág. 228.
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 27 /27
escisión que divide al pueblo y de poner
término de forma radical a la existencia de un
pueblo de excluidos. En este intento coinciden,
según modalidades diversas y desde distintos
horizontes, derecha e izquierda, países
capitalistas y países socialistas, unidos en el
proyecto – vano en un última instancia, pero
que se ha realizado parcialmente en todos los
países industrializados - de producir un pueblo
uno e indiviso. La obsesión del desarrollo es tan
eficaz en nuestro tiempo, porque coincide con el
proyecto biopolítico… de producir un pueblo
sin fractura.”
Conclusión provisoria
Lo que Agamben propone es que miremos la
realidad con otros ojos, no con los consabidos del
capitalismo o del marxismo, sino con los de
quienes quitan el velo que oculta ideológicamente
las raíces “arqueológicas” de las nuevas
dislocaciones y fisuras sociales, para verlas y
medirlas en toda su crudeza.
La lucha de clases entre capitalistas y
trabajadores incluye otras y se amplía y solidariza
con la lucha que hoy se lleva a cabo entre la nuda
vida y la soberanía en todos los niveles de la vida
social. Para fijar tácticas y estrategias en el
interior de un planeamiento político, sería
necesario realizar análisis de todas las áreas de la
convivencia en que la soberanía impone su
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 28 /28
organización económica y su dominio político
sobre la nuda vida, unos análisis que se deberían
hacer con la misma precisión con la que Marx se
aplicó a examinar la plusvalía en la relación de
capital y trabajo.
Por ejemplo, a la luz de la investigación de
Agamben se puede analizar, entre otros, el
llamado “conflicto mapuche” en el territorio
chileno y argentino: el mapuche es el nacido en
un territorio que le ha sido robado,
imponiéndosele a él luego un ordenamiento
jurídico que para él es vacío, sin significado. De
ese robo y de la legalidad que ha venido
instalándose después, ha nacido otro pueblo,
mestizo éste y recorrido de pies a cabeza por el
escalofrío de la desconfianza y el menosprecio
mutuo, pero también por el conservadurismo del
acomodo ladino y oportunista a las ideas y la
cultura del más fuerte, del soberano. El tiritón
que recorre a este “pueblo-Pueblo”, lo duplica
como dominador y dominado, excluyente y
excluido en la inclusión que lo deja fuera si no de
todo, sí de cualquier decisión autónoma sobre su
relación de trabajo, su estabilidad o movilidad
territorial, por tanto, sobre sus relaciones
sociales, su entorno natural, su salud, la
educación de sus hijos, entre otros aspectos
importantes de su propia vida. En las crisis
profundas y decisivas suelen incluirse muchos de
estos aspectos de la vida, si no todos, y otros
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 29 /29
más.
Esta somera alusión a una de las fuentes
autóctonas de la polaridad social apunta a que
ésta no debería reducirse unívocamente a la
tensión entre capital y trabajo, pero que esta
última tensión se encuentra igualmente
subsumida en cualquiera de las otras.
Si pues el poder soberano no tiene otro
fundamento que si mismo, entonces es
radicalmente cuestionable. En los momentos de
crisis, cuando una forma de organización social y
política – un bios – se licúa y liquida, un pueblo
constituido tendría que pasar a ser constituyente,
y tomando distancia y conciencia de su nuda vida
dominada, tendría que potenciar la soberanía que
lo habita y agita, para que ésta pase al acto y se
coloque en aquel límite indefinido pero definitorio
de donde puede originarse una nueva
organización política de pueblo soberano, sin
Pueblo sobre él.
Concluyendo: creo poder afirmar que la filosofía
política de Agamben en sus volúmenes del Homo
Sacer es, a la vez, una apología del anarquismo y
un llamado a despertar en la sociedad al mesías
que vive en su seno, mesías que no es uno, sino –
trasponiendo a Arendt – una soberanía en común.
El mesías representa a la subjetividad más íntima
de la sociedad, ésa que no ha sido doblegada por
el proceso objetivizante de la modernidad – y que
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 30 /30
se rebela contra él.36 Esta conclusión podrá ser
verificada o falsificada en cuanto a si representa
o no el pensamiento de Agamben cuando se
examinen otros volúmenes de su obra, como el de
El Reino y la Gloria.
Manuel Ossa, Exposición preparada para GT de Nexos, 29 Agosto
2015, Pirque, 7 Agosto 2015
36 Remito a G. Agamben El tiempo que resta, comentario a la carta a los Romanos,
(Trotta, 2006), p. Ej. P. 50: “El evento mesiánico - … está presente en tô nyn kairô en el
tiempo presente como la revocación de toda condición humana, liberándola de sí misma para
permitir su uso”; según Benjamin, cit. por A., cualquier instante puede ser “la puertecita por la
cual entra el mesías” (p. 75).
Tesis de Agamben en Homo Sacer – El Poder soberano 31 /31
APENDICE I
BIBLIOGRAFIA de obras aquí utilizadas o citadas de Agamben
• Homo Sacer: El Poder Soberano y la nuda Vida, Pre-Textos, Valencia, 1998 (ital.
1995.
• Estado de excepción, Homo Sacer II, 1, Adriana Hidalgo Ed., Buenos Aires, 2005).
• El Reino y la Gloria - Por una genealogía teológica de la economía y del gobierno -
Homo Sacer II, 2 (Pre-Textos, Valencia, 2008
• El sacramento del lenguaje . Homo Sacer II, 3 (Adriana Hidalgo, Bs Aires, 2010)
• Lo que queda de Auschwitz: El archivo y el testigo (Homo Sacer III) (Pre-Textos,
Valencia, 2009);
• Altísima Pobreza: Reglas monásticas y forma de vida (Homo Sacer IV,1) (Adriana
Hidalgo,Buenos Aires, 2013)
• Signatura rerum - Sobre el método (Adriana Hidalgo. Buenos Aires, 2008)
• El tiempo que resta, comentario a la carta a los Romanos, (Trotta, 2006)
• “¿Qué es un dispositivo?”, en Sociológica, nº 73, pp. 249-264, mayo-agosto 2011
(trad. del francés, publicado por Payot et Rivages, Paris, 2007)
APÉNDICE II
Extracto del informe del entonces Ministro Varoufakis contando un momento de sus
negociaciones con Jeroen Dijsselbloem, presidente del Eurogrupo
“Hubo un momento en que el presidente del Eurogrupo decidió actuar contra nosotros y nos
excluyó efectivamente, e hizo saber que Grecia estaba esencialmente saliendo de la
Eurozona. Hay una convención que los comunicados deben ser unánimes, y el presidente
no puede convocar una reunión de la zona euro y excluir a un Estado miembro. Y él dijo:
‘Oh, estoy seguro de que puedo hacer eso’. Así que pidió una opinión legal. Creó un poco
de jaleo. Durante unos 5 a 10 minutos la reunión se detuvo, los secretarios, funcionarios
estaban hablando entre sí, por sus teléfonos, y, finalmente, algún funcionario, algún experto
legal se dirigió a mí y dijo: ‘Bueno, el Eurogrupo no existe legalmente, no hay un tratado
que haya convocado a este grupo’. Así que lo que tenemos es un grupo inexistente que
tiene el mayor poder para determinar la vida de los europeos. No le tiene que rendir cuentas
a nadie, dado que legalmente no existe y es confidencial. Así que ningún ciudadano sabe lo
que se dice ahí adentro dentro. Estas son decisiones casi de vida y muerte, y ningún
miembro tiene que rendir cuentas ante nadie.”
¿Suena familiar? Sí, para cualquiera que conozca cómo funciona el poder de China hoy en
día, después de que Deng Xiaoping puso en marcha un sistema dual único: el aparato y el
sistema legal amparan las instituciones del partido que son, literalmente, ilegales, o, como
dijo He Weifang, un profesor de Derecho en Beijing, sucintamente: “Como organización, el
partido se sienta por fuera y sobre de la ley. Debería tener una identidad legal, en otras
palabras, una persona a la que demandar, pero ni siquiera está registrada como
organización. El partido existe fuera del sistema legal totalmente”. Es como si, en palabras
de Benjamin, la violencia del estado fundador permanece presente, encarnada en una
organización con un estatuto jurídico confuso.” (cit. por Slavoij Zizek, “El coraje de la
desesperanza”, en Other news, 27 julio 2015
lunes, 17 de agosto de 2015
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